Asilo Político: entre la protección jurídica y los conflictos políticos
Redacción por Marlin Paquirachi, 01 de diciembre del 2025
El asilo político es una de las instituciones más consolidadas del sistema internacional de protección de derechos humanos. Se entiende como el derecho de toda persona perseguida por motivos políticos, ideológicos o religiosos a recibir protección de un Estado distinto al suyo. Este mecanismo, reconocido tanto por el derecho internacional como por la Constitución, opera como una garantía frente a situaciones de persecución, hostigamiento o amenaza grave contra la vida, la libertad o la integridad de quienes se ven obligados a huir de su país de origen.
Según la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), el asilo se concede cuando la persona no puede obtener protección efectiva en su propio Estado, ya sea porque este es el origen de la persecución o porque sus autoridades no están en condiciones de brindar garantías mínimas. Por lo que se constituye como una respuesta humanitaria y jurídica destinada a evitar la devolución de la persona a un contexto donde su vida o su libertad corren un riesgo real. Cabe resaltar que esta protección no se extiende a quienes han cometido delitos comunes graves ni a quienes intentan eludir responsabilidades penales ajenas al ámbito político.
Su función principal es salvaguardar la vida, la libertad y la integridad personal del solicitante, impidiendo que sea entregado a autoridades que lo persiguen o que no garantizan su seguridad. Al mismo tiempo, actúa como un contrapeso frente a gobiernos que utilizan el aparato estatal o el sistema penal para silenciar a la oposición. En el plano regional, especialmente en América Latina, el asilo se ha consolidado como una expresión de solidaridad interestatal, que históricamente ha permitido proteger a perseguidos políticos en contextos de dictaduras, golpes de Estado y conflictos internos.
El marco jurídico del asilo político se compone de normas constitucionales, tratados interamericanos y estándares del derecho internacional de los derechos humanos. En el caso peruano, el artículo 36 de la Constitución reconoce expresamente esta institución y establece que el Estado respeta la calificación de asilado otorgada por el país asilante. Asimismo, a nivel regional, la Convención sobre Asilo Diplomático, la Convención sobre Asilo Territorial y la Opinión Consultiva OC-25/18 de la Corte Interamericana constituyen referentes centrales, al precisar que el asilo no es un acto hostil, sino una obligación humanitaria derivada del respeto a la dignidad humana.
Pese a su relevancia, la práctica del asilo político enfrenta desafíos contemporáneos, como la discrecionalidad en su otorgamiento, las presiones diplomáticas entre Estados, la confusión con el estatuto de refugio y su eventual instrumentalización política. Sin embargo, sigue siendo un instrumento esencial para la protección de personas perseguidas por razones políticas o ideológicas. Su vigencia reafirma el compromiso de los Estados con la defensa de la libertad de pensamiento, la protección efectiva de los derechos fundamentales y la búsqueda de un espacio seguro para quienes se ven forzados a abandonar su país por causa de la persecución.
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