Extorsión: el delito que se consuma con el miedo, aunque no se concrete el pago
Redacción por Marlin Paquirachi, 10 de octubre del 2025
La extorsión es uno de los delitos más graves y comunes en el Perú. No solo busca obtener dinero o bienes, sino que afecta directamente la libertad y la tranquilidad de las personas. Su poder está en el miedo: el delincuente intimida o amenaza para conseguir algo, y aunque la víctima no llegue a entregar lo pedido, el daño ya está hecho. Por eso, la ley castiga este delito incluso si no se concreta el pago.
La Corte Suprema lo dejó claro en el Recurso de Nulidad N.º 1295-2012-Lima. En ese caso, los acusados robaron un vehículo y luego exigieron dinero a cambio de devolverlo. Aunque fueron detenidos antes de recibir el pago, el tribunal determinó que su conducta ya configuraba extorsión en grado de tentativa, porque las amenazas y la exigencia ilegítima ya se habían producido. Es decir, el delito se encontraba avanzado, aunque no se hubiera cumplido su objetivo final.
De acuerdo con el artículo 200 del Código Penal, comete extorsión quien, mediante violencia, amenazas o engaños, obliga a otra persona a entregar dinero, bienes o algún beneficio indebido. Este delito pasa por distintas etapas: primero se planea, luego se realizan las amenazas y finalmente podría concretarse el pago. Pero lo importante es que no hace falta llegar al final para que exista el delito; basta con que el autor haya intentado intimidar o presionar a la víctima.
En ese sentido, la justicia no solo castiga el resultado, sino también la intención y los actos que muestran una voluntad criminal en marcha. Cada llamada, mensaje o intento de coordinación para infundir miedo con fines de provecho ilícito es una forma de extorsión. La lucha contra este delito, por tanto, no se trata solo de evitar pérdidas económicas, sino de proteger la libertad, la seguridad y la paz social desde el primer acto de amenaza.
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